Cada cosa en su sitio
Estimados amigos, el nuevo real decreto 866/2010 que entra en vigor
el día 14/01/2011 no es absoluto una ley “anti-tuning” como muchos se
han apresurado a proclamar a los 4 vientos. Esta ley viene a regular y a
controlar los accesorios montados en los vehículos y que éstos cumplan
con las normas europeas.
Mensaje: Si tenéis accesorios Homologados, estad tranquilos.
Muchas ITV’s están “mal informando” a los usuarios, alarmando sin una
base sólida en la que sustentarse, con frases del tipo: “esto se va
acabar, vas a tener que desmontar todo lo que no sea original”, “ a
partir de enero ya puedes ir cambiando los muelles, el escape, las
lunas, los espejos, etc….”.
En ningún caso si el accesorio instalado es poseedor de una homologación
CEE tipificada, va a ser necesario su desmontaje, simplemente el
propietario del vehículo va a tener que aportar la documentación
necesaria y tipificada en dicho real decreto, que en la mayoría de los
casos va incluida y adjuntada al producto y en otros casos será
necesario ampliarla para cumplir con la nueva ley.
Por lo tanto, transmitir tranquilidad y no alarmismo, ante una nueva ley
que lo que pretende no es tirar abajo el mercado del accesorio y la
personalización de nuestros vehículos, sino regularlo.
¿Debo quitar mi escape homologado, ahora que cambia la ley?
La respuesta es rotundamente
NODesde el momento en que entró la ley en vigor, es decir el 14 de enero,
"Todos
los vehículos a los que se les hubiera efectuado una reforma tipificada
como tal en el Real Decreto 866/2010 y que con anterioridad no fuera
considerada como reforma, deberán legalizarla mediante diligencia
administrativa ante el órgano competente de la comunidad autónoma
correspondiente, quien hará la anotación en la tarjeta de ITV, para lo
cual dispondrán del plazo de SEIS MESES. Transcurrido este periodo, deberán legalizarse siguiendo el procedimiento establecido por el Real Decreto."
(http://www.pyhingenieria.com/RD_886_2010_2_JUL_BOE-A-2010-11154.pdf)
Apartado "Disposición transitoria quinta. Reformas de nueva tipificación.
NOTA: Si tienes un escape puesto en tu coche anterior a la entrada en vigor de la nueva ley, según lo que aparece en la directiva (escrito más arriba), la itv lo tiene que meter en ficha técnica. Tienes un plazo de 6 meses a partir del 14 de Enero, teniendo que presentar los papeles de homologación del escape y el papel donde figuran que el silencioso está homologado para el vehículo en el cual está montado. A partir del 14 de Junio, si no has pasado la ITV para que te lo incluyan en la ficha técnica, tendrás que acatarte a la nueva directiva.