¿Te mueves por la ciudad con tu coche? Si
se aprueba el futuro Reglamento de Circulación, te multarán si superas
los 30 km/h. Tampoco podrás circular a más de 90 km/h por ninguna
carretera secundaria. ¿Tienes un detector de radar? La próxima Ley de
Tráfico los prohibirá... Descubre cómo piensa la DGT amargarte la vida.
El borrador de anteproyecto del que nos hacíamos eco en marzo ya es
una realidad presentada ante la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad
Sostenible del Congreso de los Diputados. En su comparecencia, María
Seguí confirmó los nuevos límites de velocidad que se habían filtrado
con el borrador: 30 km/h en ciudad, con zonas -llamadas "de plataforma
única"- en las que el límite se quedará en 20 km/h. Son zonas de
plataforma única aquellas en las que peatones, bicicletas y vehículos a
motor se desplazan por la misma calzada. Otro límite que desde la
filtración del borrador ha dado mucho que hablar es el de las
autopistas: Finalmente, de acuerdo al Reglamento de Circulación
presentado ayer por Seguí, sólo se elevará a 130 km/h en zonas
específicamente autorizadas por la DGT o la autoridad de tráfico
autonómica.
[Relacionado: Cinco trucos para evitar multas. Anticipación y mucha atención]
Los controles de drogas y alcoholemia pasarán a realizarse con la
saliva como muestra biológica, de modo que se hace necesario. Pero, para
poder hacer realidad estos nuevos controles, la DGT tendrá que adaptar
los procedimientos que ahora mismo se utilizan.
El próximo 11 de junio, se creará una subcomisión en el Congreso para
valorar las propuestas del nuevo Reglamento de Circulación.
En el casco urbano...
En aquellas vías con un solo carril y sentido único de circulación o
con un carril por sentido de circulación, el límite queda fijado en 30
km/h, frente a los 50 km/h actuales. Además, en tramos urbanos con solo
un carril y acera, el límite será de 20 km/h. En el resto de vías
urbanas, la velocidad máxima continuará siendo de 50 km/h.
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Si el Reglamento de Circulación sigue adelante como está previsto, lo
más probable es que en ciudad se apliquen las multas que hoy en día se
imponen en las llamadas `Zonas 30´: Si circulas a velocidades de entre
31 y 50 km/h, podrás enfrentarte a una multa de 100 euros; entre 51 y 60
km/h, la multa será de 300 euros y perderás dos puntos del carné; entre
61 y 70 km/h, la multa ascenderá a 400 euros, unida la pérdida de
cuatro puntos del carné de conducir; entre 71 y 80 km/h, perderás seis
puntos y te multarán con 500 euros; a partir de 81 km/h, la sanción
económica será de 600 euros, considerándose infracción muy grave.
Autofácil opina: La inversión en nueva señalización será muy elevada y
los atascos serán más frecuentes, ya que los vehículos tendrán que
'subir y bajar' de velocidad según el tramo por el que circulen -la
variación del ritmo circulatorio aumenta la cantidad de retenciones-.
Además, los conductores también gastarán más combustible... al tener que
circular en marchas cortas -si no lo hacen, a una velocidad de 20
km/h... el coche podría llegar a calarse-.
En carretera...
Tráfico ya había adelantado que iba a acabar con el límite de
velocidad a 100 km/h en carreteras convencionales -ahora, será de 90
km/h-: las sanciones serían las mismas que actualmente se aplican las
carreteras limitadas a 90 km/h -las de un solo carril por sentido-. Pero
en la reforma ha ido un poco más allá y contempla un límite de entre 50
y 70 km/h para estas vías que tengan una calzada -incluidos los
arcenes- con una anchura inferior a 6,5 metros.
Autofácil opina: Estamos de acuerdo en una reducción de la velocidad
máxima... pero sólo en los tramos catalogados como 'puntos negros' que,
según demuestran las estadísticas, son los que agrupan la mayor cantidad
de accidentes. Ahora bien, tiene que venir asociada a una inversión
para mejorar el estado de la calzada, ensanchar los arcenes y mejorar la
visibilidad en los cruces.
En autopistas...
La principal propuesta afecta a las autopistas y autovías, donde la
DGT pretende aumentar de 120 a 130 km/h la velocidad máxima en algunos
tramos... Pero ojo, según apunta la propia DGT, "sería de forma temporal
y en tramos en los que existan índices contrastados de seguridad,
buenas condiciones de trazado y pavimentación, y óptimas condiciones
meteorológicas y ambientales". La manera de informar a los conductores
sobre la posibilidad de circular a esta velocidad se realizaría mediante
paneles luminosos -con lo que no habría que gastar dinero en la
implantación de nuevos carteles fijos informativos... algo que sí se
hizo cuando se redujo temporalmente el límite a 110 km/h durante 2011-.
Si definitivamente se implantan estos nuevos límites, y de acuerdo a
la tabla de sanciones actual, la multa sería de 100 euros por circular a
velocidades de entre 131 y 160 km/h; 300 euros y dos puntos del carné
si ruedas a velocidades de entre 161 y 180 km/h; de 181 a 190 km/h,
serían 400 euros y cuatro puntos; de 191 a 200 km/h, 500 euros y seis
puntos y, a partir de de 201 km/h, a la retirada de seis puntos habría
que añadir 600 euros de multa.
Algunas asociaciones ya han alzado su voz contra el aumento del
límite de velocidad a 130 km/h: Organizaciones como la Fundación
Española para la Seguridad Vial, la Confederación Nacional de
Autoescuelas (CNAE), la Asociación para el Estudio de la Lesión Medular
Espinal (AESLEME), la asociación de víctimas Stop Accidentes y la
Asociación de Prevención de Accidentes de Tráfico -P(A)T- temen que
tenga consecuencias en la capacidad de reacción de los conductores. "Un
aumento de la velocidad puede agravar los errores humanos", advierten.
"A partir de 130 kilómetros por hora se produce lo que los expertos
denominan cataclismo perceptivo, lo que supone que el campo visual del
conductor se reduzca progresivamente hasta llegar a un ángulo de tan
solo 30 grados". También recuerdan que, según el Consejo Europeo de
Seguridad en el Transporte (ETSC, por sus siglas en inglés), cada
kilómetro por hora que se aumenta el límite de velocidad, aumentan en un
3 % las probabilidades de sufrir un accidente.
Autofácil opina: El hecho de contar con autopistas en las que hay
tramos con una velocidad superior a la habitual exigirá a la
Administración una indicación concreta, precisa y visible de la
limitación vigente en cada momento. De no ser así, provocará que la
mayoría de los conductores estén más pendientes de a qué velocidad deben
circular en cada momento que del propio acto de conducir... y, por eso,
podría elevarse el número de accidentes.
Todos con cinturón
Con el nuevo reglamento, se reduciría el número de exenciones que
permiten no utilizar este dispositivo de seguridad. De acuerdo con el
borrador de anteproyecto filtrado en marzo, todos deberemos llevar el
cinturón, incluidos los taxistas, profesores de autoescuela,
distribuidores de mercancías, conductores y pasajeros de los vehículos
en servicios de urgencia que circulen por casco urbano... colectivos
que, hasta ahora, no tenían la obligación de hacerlo.
En la actual Reglamento de Circulación, circular sin cinturón es una
infracción grave que acarrea una sanción de 200 euros y, si eres el
conductor, la pérdida de tres puntos del carné de conducir... algo a lo
que, con la nueva ley, se enfrentarían colectivos que hasta ahora no
estaban obligados a abrochárselo. Autofácil opina: Estamos totalmente de
acuerdo con esta medida, que redunda en una mayor seguridad.
Ciclistas más seguros
Los ciclistas deberán llevar el casco en todo tipo de vías... al
igual que los conductores de motocicletas y ciclomotores, para los que
se suprime la exención médica -aquella expedida por razones médicas
graves o de discapacidad, que ha de justificarse con el correspondiente
certificado médico- para no utilizarlo. Pero el uso del casco no es la
única medida para los ciclistas que el nuevo Reglamento de Circulación
incorporará: Se prevé una nueva regulación sobre alumbrado y prendas
reflectantes, y que los ciclistas tengan preferencia sobre los vehículos
a motor en los pasos de peatones. También se autorizará el uso de
remolques por parte de las bicicletas en vías urbanas, y se perseguirá
con más dureza a aquellos conductores que no mantengan la distancia de
seguridad de 1,5 metros con ellos. Autofácil opina: Compartimos
plenamente esta medida.
Ojo con los niños
No se podrá transportar a menores de 12 años o menores de edad que
midan menos de 1,35 m de altura en los asientos delanteros a no ser que
no haya más remedio -por ejemplo, si tienes un coche biplaza-.
Actualmente, estos niños sí pueden viajar en el asiento delantero...
siempre que sea en su correspondiente sillita. Asimismo, los menores de
cuatro años que empleen sistemas de retención de los grupo 0, 0+ y I
tendrán la obligación de viajar en sentido contrario a la marcha...
siempre que las instrucciones del dispositivo así lo prevean. Hoy día,
está permitido instalar así las sillitas de estos grupos, pero no es
obligatorio. A partir de esta reforma, si tienes una sillita de estos
grupos que se pueda instalar en contra de la marcha, deberás hacerlo.
A la hora de transportar a menores, el conductor tiene
responsabilidad subsidiaria, aunque no sea el padre o tutor de los
niños. Llevarlos sin el sistema de retención infantil adecuado se
castigará con 200 euros de multa y la pérdida de tres puntos del carné.
Autofácil opina: Ambas son medidas positivas que mejoran el nivel de
seguridad. Pero... ¿qué pasará con los adultos que midan menos de 1,35
m? Como sucede ahora, podrán viajar legalmente en los asientos
delanteros.
¿Y los antirradares?
Además de los cambios en el Reglamento de Circulación explicados el
miércoles por María Seguí, el anteproyecto de Ley sobre Tráfico "prohíbe
que en los vehículos se instalen mecanismos o sistemas, se lleven
instrumentos o se acondicionen de forma encaminada a eludir la
vigilancia de los agentes de tráfico, o que se emitan o hagan señales
con dicha finalidad, así como la utilización de mecanismos de detección
de radar".
Autofácil opina: La actual ley permite el uso de avisadores y
detectores de radar... Con esta medida, aquellos conductores que se
gastaron el dinero en estos dispositivos y en su instalación deberán
deshacerse de ellos... si no quieren ser sancionados. Además, está en
contra de la doctrina de la DGT, que siempre ha indicado que la
principal función de los radares era la de prevención...
Fuente:http://es.cars.yahoo.com/noticias-coches/reportajes-dgt-prepara-multas-ojo-viajas-verano-074729328.html