El Ministerio de Fomento ha advertido a los usuarios de servicios de coches compartidos que no cuentan con la correspondiente autorización de transporte, de que incurren en una "infracción muy grave" que puede conllevar multas de entre 401 y 600 euros. La sanción para las empresas o personas que promuevan, oferten o presten estos servicios sin tener dicha licencia administrativa, puede oscilar entre 4.001 y 6.000 euros, importes que aumentarían hasta los 18.000 euros en caso de reiteración.
En un comunicado, el Departamento que dirige Ana Pastor indica que estas multas están fijadas en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT). Este texto establece que las personas y las empresas que realicen transportes de viajero por cuenta ajena en vehículos de turismo mediante retribución económica tienen que estar autorizados para ello por la Administración.
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Edito porque Fomento ha dado marcha atrás ante la presión de la UE y reconoce que se ha extralimitado con algunas empresas del sector.
En un comunicado, el Departamento que dirige Ana Pastor indica que estas multas están fijadas en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT). Este texto establece que las personas y las empresas que realicen transportes de viajero por cuenta ajena en vehículos de turismo mediante retribución económica tienen que estar autorizados para ello por la Administración.
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Última edición por Zoroastra el Miér 11 Jun 2014 - 0:01, editado 1 vez